Preguntas + Frecuentes

En esta seccion encontrara respuestas a las preguntas mas frecuentes que la gente me ha efectuado. La misma no debe ser considerada bajo ningun respecto como consejo legal de ninguna naturaleza; mas si una guia de ayuda para su proceso de solicitud de ciudadania Italiana por nexo sanguineo "Iure Sanguinis".

Preguntas mas frecuentes

Mi apellido actual difiere un poco del original. Es eso un problema? Como puedo solventar esta situacion para poder solicitar ciudadania Italiana?  Si es un problema. Aun cuando es mundialmente reconocido el hecho de que los apellidos han evolucionado con el tiempo en diferentes paises, los consulados y embajadas Italianas exigen que debe ser el mismo deletreo ‚ el apellido Original ‚ el que deben tener los descendentes del Ascendente Italiano para poder recibir la ciudadania. Hasta los momentos yo no he encontrado ninguna seccion en la ley Italiana que demande esto, sin embargo, tampoco he encontrado ninguno que indique que no es necesario. Esta situacion puede ser resuelta al contactar a un abogado de Familia en Venezuela, y NO DEBE acarrear muchos contratiempos, es un proceso bien sencillo que igualmente requerira la presentacion de los documentos de nacimientos matrimonios y defunciones para poder colocar las llamadas NOTAS MARGINALES (A PIE DE PAGINA) en los libros de registros y por ende en los documentos mismos.

Que necesito para poder solicitar la partida de Nacimiento en Italia? 

Para poder conseguir y solicitar una partida de nacimiento en Italia (en cualquiera de sus pueblos y provincias) es necesario conocer: El nombre del individuo a buscar, el nombre del padre y de la madre (indispensable) y el año de nacimiento (o aproximado), tambien la Region, Provincia y nombre del pueblo de nacimiento del ascendente italiano. Ningun empleado del registro civil de ningun pueblo en Italia efectuara una busqueda si no se le provee esa informacion completa (esta establecido en sus politicas y procedimientos de trabajo). La distribucion politico-administrativa de Italia se lee de mayor a menor de la siguiente manera: Region, Provincia, Pueblo, por lo cual si usted ya conoce el nombre del pueblo debe asegurarse de conocer exactamente la region y provincia donde ese pueblo se encuentra puesto que en Italia existen cientos de pueblos con el mismo nombre.

Mi abuelo emigro a Venezuela y ya tenia su familia en Italia, aqui tambien tuvo descendencia de la cual provengo. Puedo yo solicitar ciudadania? 

El hecho de que su abuelo haya incurrido en Bigamia eso no debe superponer o negar el derecho legal establecido en la Carta Magna Italiana (Constitucion) la cual directamente establece/indica la transmision de ciudadania Italiana por herencia sanguinea -COMPROBABLE. Lo que si debe tener en cuenta son otras pequeñas variables como por ejemplo: Si su abuelo se nacionalizo Venezolano antes de que su padre/madre naciera, o que el haya renunciado a su ciudadania Italiana antes de que su padre/madre naciera, o Que su padre/madre haya manifestado ‚ legalmente- no tener intenciones de solicitar ciudadania Italiana.

** A que hace referencia la ley del - 1 de Enero de 1948? no la entiendo bien.! 

-- Despues de la caida de Benito Mussolini y el final de la Segunda Guerra Mundial se efectuo un referendo en Italia que culmino en una constitucion en la cual se abolio la Realeza Italiana entre otras cosas. Para ese entonces las mujeres Italianas no podian transmitir ciudadania SOLAMENTE los hombres podian. Esa constitucion de 1948 - vigente - aun cuando otorgo el derecho a las mujeres a transmitir ciudadania a su descendencia prohibe la transmision de ciudadania de las mujeres a sus hijos nacidos ANTES de esa fecha, asi como tambien prohibe los saltos generacionales. Esto ha causado una discriminacion y disfuncion familiar puesto que en algunas familias se encuentra que existen hermanos de una misma madre que debido a sus fechas de nacimientos algunos son italianos y otros no.

*** Que se esta haciendo con respecto a la ley discriminatoria de - 1 de Enero de 1948? 

Existe actualmente un representante del parlamento Italiano - Ministro Tremaglia (Ministro per gli Italiani nel Mondo) - que dentro de tantos avances que ha logrado, ha introducido una propuesta de diseño de la Ley para corregir ese " ERROR " que actualmente existe. Es de mi entendimiento que el Ministro Tremaglia es de muy avanzada edad ( +79 años aprox.) y aun cuando tiene muchos seguidores en el parlamento no se le ha dado respuesta a esa propuesta de Ley.

*** He escuchado que debido al ERROR de la ley de 1948 se puede efectuar un juicio que me otorgaria la ciudadania italiana. Es eso cierto? 

Con respecto a la posibilidad de solicitar ciudadania Italiana a traves de los juzgados Italianos puedo informarles que si es una posibilidad. Para eso se debe abrir/introducir la solicitud ante la Corte de Casacion de la provincia en la cual su ascendente nacio. Yo nunca he hecho esos tramites. Sin embargo, es de mi conocimiento el mismo puede llegar a costar alrededor de 3.000 Euros (dependiendo de los abogados que tomen su caso en Italia). Y puede durar unos dos años aproximadamente. Hasta los momentos no he tenido informacion fiel y comprobable de nadie saliendo victorioso de ese procedimiento, otra que no sea los dos conocidos fallos de Tribunales Italianos con sentencia plenaria que reconocieron la ciudadania Italiana a hijos de madres italiana nacidos antes del 1/1/1948. Uno fue el fallo de la Casacion Civil de Roma, I Seccion sentencia 10.07.1996 n 6297 Tribunale di Torino, sentenza 12 aprile 1999 . y el otro actualmente no tengo la info. a la mano.

*** Encontre una pagina web Argentina en la cual el Dr. Francesco Saverio Matozza efectua el proceso legal/ juicio que me otorgaria la ciudadania italiana. Es eso cierto?

Profesionalmente respeto mucho al Dr. Francesco Saverio Matozza. Se que desde hace algunos años el indica en sus paginas personales por la Internet que "... Recientemente muchos tribunales italianos han adherido los fallos..." mencionados en mi respuesta a la pregunta anterior; y que El mismo (Matozza) provee los servicios de iniciar el litigio en Italia. Sin embargo, en ninguna de sus paginas presenta evidencia (que yo haya podido encontrar) de ningun otro proceso que haya salido victorioso del litigio - aunque el no lo condujera.

*** Mi padre/ madre renuncio a la ciudadania Italiana antes de que yo naciera, pero luego la recuperar. ¬ Puedo yo solicitar la ciudadania? 

Es de mi conocimiento que usted podra solicitar la ciudadania si su padre/ madre la recupera ANTES de que usted cumpliera la mayoria de edad. - Puede que exista otra via tal como residenciarse en Italia. Consulte en la Embajada o con un abogado al respecto.

*** Nuestro bis-abuelo no aparece registrado como inmigrante es decir no aparece en ningun archivo de la Onidex o el Ministerio de Relaciones Interiores por lo tanto no podemos demostrar que nunca se nacionalizo

Una constancia del ministerio del Interior y Justicia -ONIDEX indicando que su bisabuelo no aparece en ningun archivo de naturalizacion es prueba que el nunca se nacionalizo. Le recomiendo leer la seccion CARTA de NATURALIZACION en la pagina web para que este un poquito mas documentado(a) en ese sentido. Busque en los registros del Ministerio del Exterior si cree que se pudo haber nacionalizado despues de 1928